
El Artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) define las normas del ius cogens (o derecho imperativo) como aquellas normas aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional de Estados en su conjunto que no admiten acuerdo en contrario. Esto significa que son leyes supremas, absolutas e inderogables: cualquier tratado internacional que las viole es completamente nulo.
Es importante compartir para nuestro conocimiento el Ensayo jurídico de Gastón Rey titulado "Un contrato que nace nulo: coacción e ilegitimidad en el acuerdo petrolero Venezuela–Estados Unidos", publicado originalmente en el portal especializado Digital Nomos:
https://digital-nomos.ghost.io/untitled/
0 Comentarios