La búsqueda de la verdad real en el proceso penal.
En este nuevo espacio, El Columnista: El Abogado Litigante, abro una ventana para pensar en el Derecho desde su esencia humana. Aquí convergerán reflexiones jurídicas, análisis de jurisprudencia, casos emblemáticos y vivencias que muestran lo que significa luchar por la justicia en medio de la incertidumbre.
Cada artículo será una mirada crítica al ejercicio del Derecho en Venezuela y en el mundo, pero también una invitación al pensamiento, a la ética y a la esperanza. Porque el Derecho, cuando se vive con convicción, es una forma de resistencia, de dignidad y de amor a la verdad.
Bienvenidos a esta columna donde la palabra jurídica se transforma en voz, donde el litigante escribe, reflexiona y persiste…, porque la justicia, aunque la silencien, siempre encuentra el camino a la verdad.
En el Derecho Penal moderno, las sentencias comienzan a hablar no solo de la verdad procesal, sino de la necesidad de alcanzar la verdad real de los hechos. Este giro doctrinal y jurisprudencial representa una evolución en la conciencia jurídica sobre el verdadero sentido de la justicia penal.
La verdad procesal —limitada a lo que se prueba formalmente en el expediente— ha sido durante décadas el pilar del proceso penal. Sin embargo, esa verdad muchas veces se ve afectada por vicios formales, omisiones probatorias, falsos testimonios o la manipulación de la prueba. Y cuando ello ocurre, el Derecho se convierte en un simulacro de justicia aparentemente bajo la figura de legalidad, en una formalidad vacía donde el expediente sustituye a la realidad que debe ser probada procesalmente.
La verdad real, en cambio, busca rescatar el espíritu de la justicia: persigue lo que verdaderamente sucedió, más allá de los artificios del proceso. No se conforma con la forma, sino que indaga en el fondo; no se somete al expediente, sino que lo interpela. Esta verdad exige jueces valientes, fiscales éticos y defensores comprometidos con la dignidad humana.
Pero alcanzar la verdad real implica también humanizar el Derecho. No se trata solo de determinar hechos, sino de comprender vidas; de ver en el acusado, en la víctima y en cada interviniente procesal a un ser humano dotado de derechos y dignidad. El proceso penal, en consecuencia, debe trascender el formalismo y reconectarse con su finalidad esencial: la justicia material, es decir, la justicia viva del derecho.
Esta humanización está estrechamente vinculada con el nexo causal entre los elementos de convicción. La verdad real no puede surgir de la fragmentación de las pruebas, sino de su integración lógica, científica y moral. El juez, al valorar los medios probatorios, debe identificar las conexiones que revelan coherencia, causalidad y sentido entre los hechos investigados. Solo así podrá discernir si el relato procesal refleja efectivamente la realidad acontecida.
Buscar la verdad real no significa desconocer las garantías procesales; al contrario, significa hacerlas efectivas. Porque solo donde el debido proceso se respeta, donde la investigación es transparente y donde el juez actúa con independencia, puede florecer la verdad real que no se fabrica ni se impone: es aquella verdad que libera y humaniza, esto quiere decir, que el derecho más que mecanicista y formalista es humano.
Ver artículos vinculantes con la presente publicación:
https://abogadafannydeabreu.blogspot.com/2025/10/el-amparo-constitucional-ante-la.html
“El Derecho, más que mecanicista y formalista, es profundamente humano.”
"La justicia material, es la justicia viva del derecho.”
Abg. Fanny De Abreu.




2 Comentarios
Excelente Dios permita y se aplique en todos los juicios para evitar injusticias
ResponderBorrarGracias a usted por leer, se avecinan nuevas corrientes jurisprudenciales y doctrinales que deben transformar el derecho acorde a la realidad.
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