ABOGADOS DENUNCIARON ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO A JUEZA
DE CARABOBO.
Beatriz Rojas
4 de julio de 2023 2:21 pm
"Por presuntamente cometer irregularidades en procedimientos de justicia, representantes del Frente Nacional de Abogado de Venezuela (FNAV), Funda Presos y Movimiento Gremial denunciaron ante el Ministerio Público a la jueza primero de control del estado Carabobo, Melissa De Sousa.
El presidente del FNAV, Noé Mujica, explicó que acudieron al Ministerio Público a exigir que se inicie una investigación contra la juez De Sousa, por negación y obstaculización de justicia, amparados en los artículos 186, 187, 188 del Código Orgánico Procesal Penal, que garantiza al procesado un juicio sin alteraciones de hechos y evidencias. En la que supuestamente ha incurrido la jueza De Sousa en el caso del decomiso de noventa toneladas de Urea".
“Pedimos al fiscal general que se investigue a la jueza Melissa De Sousa por extravío y entrega de evidencias en perjuicio de personas que ilegítimamente están privadas de libertad por el decomiso de noventa toneladas de urea. Así como al fiscal 27 con competencia nacional que insiste en llevar una causa viciada”, acotó Moisés Mujica.
Aunado a lo esgrimido, queremos hacer mención a nuestros lectores y colegas Abogados, que hacemos públicas las denuncias presentadas por esta parte recurrente, ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), Inspectoría General de Tribunales, Caracas, Distrito Capital y por ante la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
Solicitamos a nuestros Colegas abogados y recurrentes victimas de este flagelo por hechos de corrupción o irregularidades presentadas en el procedimiento judicial: por violación al Orden Público Procesal y Orden Público Constitucional, que se unan a las denuncias por ante las autoridades competentes, quienes se vean afectados por hechos ilícitos y por ilícitos conductuales en detrimento a los derechos constitucionales, perpetrados por jueces venezolanos de la Jurisdicción de Valencia, Edo. Carabobo.
QUIENES VIOLAN DE FORMA FLAGRANTE, GROTESCA E INMIMENTE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES, LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, EL DEBIDO PROCESO, EL DERECHO DE PETICIÓN Y DE OBTENER RESPUESTAS A LAS SOLICITUDES, NO TOMAN EN CUENTA LAS PRUEBAS APORTADAS EN EL ASUNTO PRINCIPAL, SIENDO VIOLATORIA AL ORDEN PÚBLICO PROCESAL Y ORDEN PÚBLICO CONSTITUCIONAL, LA CUAL DEBE SER DECLARADA DE NULIDAD ABSOLUTA, YA QUE NO SE PUEDE SEGUIR PROLIFERANDO DECISIONES QUE VIOLEN NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO, LA CONSTITUCIÓN Y LA JURISPRUDENCIA REITERADA Y PACÍFICA.
JUECES DENUNCIADOS POR ANTE LA INSPECTORÍA GENERAL DE TRIBUNALES Y COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA:
-Denuncia y Reclamo ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General del Tribunales en contra del Tribunal Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Edo Carabobo, En fecha 29 de noviembre de 2022, emanada de la Inspectoría General de Tribunales decisión Nro. CND22-22-0142-2, que acuerda ABRIR EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE RECLAMO A LA CIUDADANA MELISSA FILOMENA DE SOUSA DE SOUSA, jueza temporal a cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, con sede Valencia, quedo signado con el número 22-1459, Actualmente en Asunto Disciplinario de la Inspectoría General de Tribunales; y por ante la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
-Denuncia y Reclamo ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General del Tribunales en contra de la Corte de Apelaciones Sala Nro. 2, del Circuito Judicial Penal del Edo Carabobo, por la Violación inminente de los Derechos Constitucionales referidos a los artículos 26, 49 ordinales 1 y 3, 51 y 257 de nuestra Carta Magna; que acuerda ABRIR EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE RECLAMO DE LA JUEZA DE LA CORTE DE APELACIONES SALA 02, JUEZA PONENTE NRO. 05, DRA. DEISIS DEL CARMEN ORASMA DELGADO, LESLYE MARINA DIAZ ROJAS e YSANIC CHIQUINQUIRA HERNANDEZ SEQUERA, juezas provisorias integrantes de la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, sede en Valencia. Se acuerda abrir expediente administrativo de Reclamo Exp. IGT22-2300088 y por ante la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
Denuncia y Reclamo ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General del Tribunales en contra del JUEZ PROVISORIO ABG. ISGAR JACOBO GAVIDIA MARQUEZ, DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXPEDIENTE NRO. CIVIL IGT22-2300089. (Proceso de Investigación), y por ante la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
Denuncia y Reclamo ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General del Tribunales en contra de la JUEZA PROVISORIA ABG. LUCILDA OLLARVES, DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXPEDIENTE NRO. CIVIL IGT22-23- 00985, (Proceso de Investigación), y por ante la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
Todos y cada uno de estos jueces denunciados tienen vinculación con un mismo hecho, y a las pruebas nos remitimos, si se advierte que bajo los parámetros en que se desenvuelve no se garantiza a las partes el debido equilibrio a sus pretensiones.
Por los hechos aquí denunciados, en base a las pruebas
pertinentes, sentimos gran preocupación en cuanto al sistema de justicia
venezolana, los jueces hoy aquí expuestos; EMPAÑAN EL PODER JUDICIAL, en vista
que violan el Orden Público Procesal y el Orden Público Constitucional, debido
a sus escandalosas decisiones arbitrarias que dejan entre dicho la justicia
venezolana.
TODAS AQUELLAS PERSONAS Y COLEGAS ABOGADOS QUE DESEEN ADHERIRSE A LAS REFERIDAS DENUNCIAS ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES, EN CONTRA LOS REFERIDOS JUECES PUEDEN HACERLO CON LA DEBIDA DEFENSA Y PRUEBAS, YA QUE EN LA UNIÓN ESTA LA FUERZA, COMPARTIMOS LAS PRESENTES DENUNCIAS PÚBLICAMENTE PARA QUE PUEDAN TENER CONOCIMIENTO.
LA INSPECTORÍA GENERAL DE TRIBUNALES Y LA COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEBEN PRONUNCIARSE EN BASE A LAS PRUEBAS PRESENTADAS.
El derecho que tienen las partes de un pronunciamiento
consonó, bajo la imparcialidad de los jueces, siendo que del análisis de las
pruebas aportadas en el expediente el juez debe valorarla conforme a la sana
critica, buscar la verdad, proporcionalidad, lógica, máximas experiencias,
esclarecimientos de los hechos, debe atenerse a lo alegado y probado en
autos, sin sacar elementos de convicción fuera de estos, ni
suplir excepciones o argumentos de hecho no alegados ni probados, conforme
a lo preceptuado en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este
referido artículo constituye la norma fundamental que deben regirse todos los
jueces venezolanos para un procedimiento imparcial y justo en cuanto a la
debida sustanciación del expediente y del proceso.
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