Que Dios y el Derecho guíen nuestras conciencias. Alerta.

Sean firmes en la defensa del derecho, ya que las violaciones del orden público procesal, del orden público constitucional y de los derechos humanos no prescriben en el tiempo, tal como lo consagra el artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Que cada decisión sea un eco de conciencia, no de miedo. Que cada sentencia lleve verdad; no obediencia ciega al poder. 

Se debe obediencia al derecho y en efecto a lo alegado y probado en autos.

Que Dios y el Derecho guíen nuestras conciencias. Alerta.


"Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos o funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores."

Las violaciones al orden público procesal y constitucional no se borran con el tiempo ni se esconden en el silencio de los tribunales. El artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela proclama que todo acto dictado en violación de derechos y garantías es nulo, y la nulidad no prescribe.

El derecho no admite la indiferencia. Cada decisión, cada silencio y cada omisión pesa en la balanza de la historia. No se trata solo de expedientes y tribunales, sino de la conciencia de quienes hoy sostienen la pluma de la justicia.

Que Dios y el derecho guíen sus conciencias. Que comprendan que la dignidad de la justicia es más eterna que cualquier cargo o poder pasajero.

La historia juzgará no solo a los opresores, sino también a quienes, pudiendo defender la justicia, decidieron mirar hacia otro lado.



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