Tribunal Agraviante: Tribunal Superior de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Valencia, Edo. Carabobo.
Abuso Excesivo en el Cobro de Copias Certificadas y Copias Simples.
"En opinión del abogado, Moisés Codnich, cada día se privatiza más el acceso a la justicia en Carabobo, pues en los tribunales están cobrando hasta un dólar por cada impresión de un documento certificado, lo que deja a muchas personas sin posibilidad de acceder a sus expedientes.
En visita a El Carabobeño, señaló que recientemente acudió, junto a su cliente, ante el Tribunal Superior de Primera Instancia a solicitar copias de un documento. Una vez aprobada la solicitud, el alguacil les indicó que cada copia tiene un valor de medio dólar por cara, y si es certificada, el interesado debe cancelar un dólar por cada impresión. Es decir que un folio sale en dos dólares.
Codnich manifestó sentirse desconcertado por la situación, porque la Ley de Arancel Judicial establece que el costo de una copia es de 0,02 céntimos de la unidad tributaria. El valor de la unidad tributaria quedó fijado en mayo de este año en 9 bolívares.
De acuerdo al cálculo que se hizo por las copias certificadas solicitadas, el cliente debería pagar 271 dólares, lo cual considera el abogado que es exagerado, y no se está cumpliendo tampoco con la Ley de Precios Justos.
Refirió que los pagos se tienen que hacer en efectivo, o través de un pago móvil. Este último dirigido a una persona natural de nombre Víctor Alberto Roa Zambrano.
Todo esto ocurrió en el tribunal a cargo del juez rector de Carabobo. Y por considerar la situación una irregularidad, Codnich la denunció ante el Ministerio Público con el objetivo de que se apliquen los correctivos pertinentes. Aparece como denunciante su cliente, Noel Cordero".
ver fuente de Denuncia ante El Carabobeño el diario del centro.
Hacemos referencia a la presente denuncia, ya que este flagelo nos afecta a todos los abogados y recurrentes, hoy en día no todas las personas tienen la capacidad económica para cancelar las copias certificadas y copias simples insertas en el expediente, sin ningún tipo de control legal, en este abuso de poder incurren igualmente el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Es importante hacer mención es que como recurrentes no nos estamos negando a pagar por dichas impresiones y copias, pero denunciamos que haya un control ajustado a derecho, en vista de tantos abusos y atropellos.
Todo de conformidad con el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, refiere sobre la eficacia procesal y sobre la gratuidad: "26: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de Administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos y difusos; a la tutela de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondientes. El Estado garantirá una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles". "257 el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia (..). No se sacrificara la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.
YA BASTA DE TANTOS ABUSOS Y ATROPELLOS EN EL NOMBRE DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
SOLICITAMOS QUE HAYA UN CONTROL LEGAL AJUSTADO A DERECHO.
"En opinión del abogado, Moisés Codnich, cada día se privatiza más el acceso a la justicia en Carabobo, pues en los tribunales están cobrando hasta un dólar por cada impresión de un documento certificado, lo que deja a muchas personas sin posibilidad de acceder a sus expedientes.
En visita a El Carabobeño, señaló que recientemente acudió, junto a su cliente, ante el Tribunal Superior de Primera Instancia a solicitar copias de un documento. Una vez aprobada la solicitud, el alguacil les indicó que cada copia tiene un valor de medio dólar por cara, y si es certificada, el interesado debe cancelar un dólar por cada impresión. Es decir que un folio sale en dos dólares.
Codnich manifestó sentirse desconcertado por la situación, porque la Ley de Arancel Judicial establece que el costo de una copia es de 0,02 céntimos de la unidad tributaria. El valor de la unidad tributaria quedó fijado en mayo de este año en 9 bolívares.
De acuerdo al cálculo que se hizo por las copias certificadas solicitadas, el cliente debería pagar 271 dólares, lo cual considera el abogado que es exagerado, y no se está cumpliendo tampoco con la Ley de Precios Justos.
Refirió que los pagos se tienen que hacer en efectivo, o través de un pago móvil. Este último dirigido a una persona natural de nombre Víctor Alberto Roa Zambrano.
Todo esto ocurrió en el tribunal a cargo del juez rector de Carabobo. Y por considerar la situación una irregularidad, Codnich la denunció ante el Ministerio Público con el objetivo de que se apliquen los correctivos pertinentes. Aparece como denunciante su cliente, Noel Cordero".
ver fuente de Denuncia ante El Carabobeño el diario del centro.
Hacemos referencia a la presente denuncia, ya que este flagelo nos afecta a todos los abogados y recurrentes, hoy en día no todas las personas tienen la capacidad económica para cancelar las copias certificadas y copias simples insertas en el expediente, sin ningún tipo de control legal, en este abuso de poder incurren igualmente el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Es importante hacer mención es que como recurrentes no nos estamos negando a pagar por dichas impresiones y copias, pero denunciamos que haya un control ajustado a derecho, en vista de tantos abusos y atropellos.
Todo de conformidad con el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, refiere sobre la eficacia procesal y sobre la gratuidad: "26: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de Administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos y difusos; a la tutela de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondientes. El Estado garantirá una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles". "257 el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia (..). No se sacrificara la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.
YA BASTA DE TANTOS ABUSOS Y ATROPELLOS EN EL NOMBRE DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
SOLICITAMOS QUE HAYA UN CONTROL LEGAL AJUSTADO A DERECHO.
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