Índice Global de Estado de Derecho.

VENEZUELA OCUPA EL PUESTO 142 DE 142 EN EL ÍNDICE GLOBAL DE ESTADO DE DERECHO. 

DE ACUERDO CON EL WORLD JUSTICE PROJECT (WJP).

WASHINGTON (25 de octubre de 2023) – "Este año el Estado de Derecho ha vuelto a erosionarse en la mayoría de los países, de acuerdo con el Índice Global de Estado de Derecho 2023 del World Justice Project (WJP)".

QUÉ ES PARA MÍ ESCRIBIR
"Qué es para mí escribir en el derecho, para mi escribir es simplemente la libertad, representa un todo, representa la narración de unos hechos que se prueban con la realidad que actualmente vive Venezuela". 
"El miedo qué significa el miedo, el miedo es afrontar con valentía lo que consideras justo e intrínseco dentro de ti mismo". 
"Ser capaz de pensar es algo intrínseco al ser humano".

"Efecto de la Justicia, efecto domino". 
Fuente creador del video: Big-Domino-Effect_6_013615
"El mundo sigue inmerso en una recesión del Estado de Derecho caracterizada por la extralimitación del poder ejecutivo, la disminución de los derechos humanos y los sistemas judiciales que no satisfacen las necesidades de la población", declaró William H. Neukom, cofundador y presidente del WJP. "Personas de todo el mundo están pagando el precio".
Es importante reflexionar y mencionar textualmente las estadísticas del índice Global de Estado de Derecho del World Justice Project, cifras que encienden las alarmas por violaciones a los derechos fundamentales y al Debido Proceso contemplado en nuestra Carta Magna. 
El Estado de Derecho en Venezuela:
Venezuela ocupa el puesto 142 de 142 países de todo el mundo. 
 A nivel regional, Venezuela ocupa el puesto 21 de 32 países de América Latina y el Caribe.
El país con mejor puntuación de la región es Uruguay (puesto 25 de 142 a nivel mundial), seguido de Costa Rica y Chile. Los tres países con las puntuaciones más bajas de la región son Nicaragua, Haití y Venezuela (142º a nivel mundial).   
 En el último año, 18 de los 32 países descendieron en América Latina y el Caribe. De esos 18 países, 16 también habían descendido el año anterior. 
 Entre los países con ingreso medio-alto, Venezuela ocupa el puesto 41 de 41. 
Clasificaciones y tendencias mundiales, el país mejor clasificado en el Índice Global de Estado de Derecho 2023 del WJP, es Dinamarca, seguido de Noruega, Finlandia, Suecia y Alemania. El país con la puntuación más baja es Venezuela, seguido de Camboya, Afganistán, Haití y la República Democrática del Congo. 
Clasificación de Venezuela en el Índice Global de Estado de Derecho del WJP Clasificación global 142 /142 y Clasificación regional: 32 / 32. 

Clasificación por factores: 

FACTOR                                   
CLASIFICACIÓN GLOBAL          CLASIFICACIÓN REGIONAL    
Límites al Poder Gubernamental                    142/142                                       32/32
Ausencia de Corrupción                                 132/142                                       29/32
Gobierno Abierto                                            139/142                                       32/32
Derechos Fundamentales                               134/142                                       31/32
 Orden y Seguridad                                        132/142                                       30/32
 Cumplimiento Regulatorio                            142/142                                      32/32
 Justicia Civil                                                  141/142                                      32/32
 Justicia Penal                                                 142/142                                      32/32

 (1 es el mejor lugar de la clasificación del índice de Estado de Derecho del WJP) 

Para ver el desempeño de Venezuela en los 44 subfactores que mide el Índice, entra a: http://www.worldjusticeproject.org/rule-of-law-index/country/2023/Venezuela 
Explora las clasificaciones y conclusiones completas del Índice Global de Estado de Derecho 2023 del World Justice Project (WJP) en: www.worldjusticeproject.org/rule-of-law-index
El World Justice Project (WJP) es una organización independiente, no partidista y multidisciplinaria que trabaja para crear conocimiento, concientizar y estimular la acción para hacer avanzar el Estado de Derecho en todo el mundo. Un Estado de Derecho efectivo reduce la corrupción, combate la pobreza y las enfermedades y protege a las personas de injusticias grandes y pequeñas. Apuntala el desarrollo, la rendición de cuentas de los gobiernos y el respeto de los derechos fundamentales, y es la base de las comunidades de justicia, salud, oportunidades y paz. El World Justice Project define el Estado de derecho como un sistema duradero de leyes, instituciones, normas y compromiso comunitario que ofrece: rendición de cuentas, leyes justas, gobierno abierto y justicia accesible. Más información sobre estos cuatro principios universales y nuestro trabajo en: www.worldjusticeproject.org. 

De lo antes expuesto es imprescindible mencionar la definición de Estado de Derecho y/o Estado Social de Derecho de conformidad con los artículos 2 y 3 de nuestra Constitución Nacional, que se refiere a los valores supremos del Estado venezolano cito textualmente: "Venezuela se constituye en un Estado democrático y Social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". 

"El Estado tiene como fines esenciales la defensa, el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos, deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. 
La Educación  y el Trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines". 

La violación de los artículos precedentes son la inminente violación al Estado Social de Derecho en Venezuela, no nos podemos hacer cómplices al omitir tales derechos, como profesionales del derecho no podemos ocultar la realidad social y las violaciones de derechos humanos en Venezuela, la exclamación de la aplicación de la justicia y de los valores supremos son principios fundamentales: El derecho a la vida y el derecho a la libertad, representa los derechos fundamentales de cada ser humano.

Hoy mi blogs se une a la divulgación de las voces silenciadas en el derecho, hago un llamado al Colegio de Abogados a nivel Nacional, a las Universidades de cada Facultad de derecho en Venezuela, para que expresemos en el nombre de Dios Todopoderoso y del derecho  todas aquellas violaciones al Estado Social de Derecho ante la Comunidad Internacional y Corte Penal Internacional.

El Estado de derecho y las violaciones al debido proceso en el juzgamiento de delitos políticos en Venezuela.
                                                                        
 Ver fuente
 
Considerando de conformidad con los artículos 22, 25, 26, 27 y 44 Constitucional cito textualmente parte:
La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos. 
Todo acto dictado en el ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa ordenes superiores. 
La libertad personal es inviolable en consecuencia: 1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso. 2.- Toda persona tiene el derecho de comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o persona de confianza; y estos o estas a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida ; a ser notificados inmediatamente de los motivos de su detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida. 
La autoridad competente llevará un registro público de toda detención realizada que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios o funcionarias que la practicaron. 
Toda autoridad que ejecute medidas privativas de la libertad estará obligada a identificarse. 

Aunado a lo anterior cuando se violan los artículos antes descritos se violan de forma inminente las garantías constitucionales del Estado Social de Derecho, 

Se prohíbe de conformidad con el artículo 45 Constitucional, a la autoridad pública sea civil o militar, aun en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías, practicar permitir o tolerar la desaparición forzada de personas. El funcionario o funcionaria  que reciba orden o instrucción para practicarla, tiene la obligación de no obedecerla y denunciarla. 
Pero que sucede cuando es el propio Estado quien viola estos derechos, COMUNIDAD INTERNACIONAL, todo ser humano tiene el derecho de expresarse libremente, es un llamado de alerta internacional. 
Es el PROPIO ESTADO QUIEN DEBE RESGUARDAR Y REESTABLECER TODA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS. 

1414

Arrestos verificados e identificados 119 Adolescentes 
14 Indígenas 188 Mujeres
16 de agosto 2024. 8:00AM
Ver fuente:
Home - Foro Penal

Venezuela: condenamos la sistemática represión por parte del Gobierno contra personas defensoras de derechos humanos y manifestantes

Ante este desolador panorama, que sin duda representa una represión sistemática por parte del gobierno venezolano contra la ciudadanía, las organizaciones firmantes:

1.   Exigimos al gobierno venezolano garantizar la vida, seguridad y libertad de activistas, periodistas, abogados, y personas que defienden los derechos humanos en Venezuela y el de sus familias, así como brindar todas las garantías procesales a quienes han sido detenidos y detenidas arbitrariamente y liberarles de inmediato.

2.   Llamamos a los gobiernos de la región, los organismos multilaterales como la OEA, la ONU y la Unión Europea a que se sumen a los llamados de la sociedad civil al gobierno venezolano para que respete y garantice sus derechos, y a que tomen acciones concretas e inmediatas para detener esta crisis de Derechos Humanos presentada en el país.

Ver fuente:

Detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas

La CIDH ha recibido información sobre un patrón de violaciones a la libertad personal. Entre el 28 de julio y el 13 de agosto, organizaciones de sociedad civil han registrado al menos 1.393 personas detenidas, incluyendo 182 mujeres; 117 adolescentes; 17 personas con discapacidad, 14 personas indígenas y 7 periodistas y trabajadores de la prensa. Se han recibido reportes de detenciones arbitrarias; desapariciones forzadas de corta duración en las que se habrían cometido actos de violencia sexual contra mujeres y otros actos que podrían constituir tortura. Las personas detenidas son trasladadas a centros de detención de manera secreta, sin que sus familias tengan conocimiento de su paradero o estado físico.

Las detenciones arbitrarias, en su mayoría, de jóvenes de áreas urbanas con mayores índices de pobreza se produjeron, inicialmente, de manera masiva durante las manifestaciones. Además, se registran privaciones de la libertad de manera selectiva, mediante una estrategia de detención y criminalización contra quienes cuestionan los resultados electorales anunciados por el CNE; inclusive en sus lugares de residencia en la llamada «operación tun tun». Esta estrategia ha estado dirigida particularmente contra personas voluntarias electorales y quienes son percibidas como opositoras al régimen, incluyendo periodistas, dirigentes de la oposición, defensores de derechos humanos y estudiantes universitarios, muchas de las cuales se encuentran escondida. 

iv) Censura y restricciones a las libertades de expresión, asociación y reunión pacífica

La RELE ha recibido información sobre la escalada represiva y los ataques sistemáticos dirigidos contra periodistas, medios de comunicación y ciudadanos que difunden información de interés público de especial trascendencia en el contexto poselectoral. Desde el 28 de julio, se han registrado aproximadamente 108 casos de vulneraciones a la libertad de expresión, que incluyen la detención arbitraria de periodistas y trabajadores de la prensa bajo acusaciones infundadas de «instigación al odio» y «terrorismo», anulación de pasaportes, el cierre de medios, la confiscación de equipos y la deportación de personal de prensa internacional.


Ver fuente:


LA PALABRA DERECHO NO ES CENSURA, LA PALABRA DERECHO ES EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA JURÍDICA Y EL RESPETO AL ESTADO SOCIAL DE DERECHO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 2 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. 

Publicar un comentario

0 Comentarios