Artículo de reflexión "Juez que toca en suerte o desgracia".
Estimados lectores, después de tanto tiempo en silencio, haciendo énfasis a las reflexiones de derecho y de la abundante y rica lectura sobre el derecho comparado, me he topado con un blogs delajusticia.com, que sinceramente desde mi humilde perspectiva sobre el derecho, es para mí criterio uno de los mejores blogs jurídicos que particularmente enseñan sobre el buen derecho, dando un "delicioso sabor al leerlo", ya que se lee minuciosamente y goza de comprensión técnica maravillosa.
He traído a colación este artículo en vista de su relación en cuanto a la reflexión del derecho comparado de España y sus implicaciones fácticas con la realidad de hechos que hoy impera en nuestro país Venezuela, la conducta de un juez es primordial para la aplicación del buen derecho y de la justicia, ya que las conductas arbitrarias de un juez puede tener consecuencias jurídicas nefastas para sus víctimas, en donde se desconoce por completo el "derecho y las pruebas promovidas en el proceso", no hay imparcialidad y objetividad para analizar las pruebas que "prueban los elementos fácticos", pareciera que una de las partes no "existen en el proceso", solicitudes que no son escuchadas y mucho menos respondidas, pruebas que no son valoradas acorde a la sana crítica, lógica, proporcionalidad y máximas experiencias, en donde los jueces que incurren en dicho vicio son jueces que fungen como "abogados privados" hacia su mejor postor, causando grandes consecuencias a quien la padece.
La subversión del derecho y de nuestra jurisprudencia, es una violación inminente a las garantías constitucionales, que se utiliza a convenir, cosa que deniega la justicia y viola de forma categórica la tutela judicial efectiva y el debido proceso, en vista de la mala praxis procesal y fraude procesal que son temas que se deben desarrollar en abundancia, haciendo referencia a la prevaricación y colusión.
Recomiendo el estudio reiterado del derecho, ya que constituye la mayor defensa de un abogado, haciendo énfasis a la reflexión doctrinaria y jurisprudencial dentro de la evolución del derecho, ya que la "Doble Moral de un juez" es indiscutiblemente la denegación de justicia, abuso de derecho y abuso de poder, sea aquí en Venezuela; como en cualquier parte del mundo, en donde el derecho comparado se unen implícitamente desarrollando temas de análisis doctrinarios que ayuden a dilucidar estos vicios que tanto daño le causan a los recurrentes y abogados litigantes.
Es valioso para mí hacer mención sobre el artículo "El Juez que toca en suerte o desgracia".
https://delajusticia.com/2022/06/13/el-juez-que-toca-en-suerte-o-desgracia/#comment-73044
Escrito por el Autor,
JR Chaves
Cito textualmente: "En la práctica forense, pese a que la esfinge de la Justicia se la representa con los ojos vendados, es inevitable que el abogado se esfuerce en hacer un pronóstico de desenlace según el juez o magistrado que toca en suerte (buena o mala)".
"Es cierto que los principios de objetividad, imparcialidad e independencia son zarandeados frecuentemente, desde instancias políticas, mediáticas o según los damnificados por fallos judiciales, e incluso voces autorizadísimas han analizado lúcidamente las debilidades de la independencia judicial, como Sosa Wagner en Sosa Wagner, en La independencia del Juez: ¿una fábula? (La esfera de los libros, 2016).
Por mi parte, ahora no me refiero a casos de parcialidad envenenada de prevaricación, pues tal y como expuse en “Como piensa un juez. En busca de la sentencia justa” (Wolters kluwer,2021)".
"En definitiva, que el sistema de la justicia cuenta con la garantía objetiva de la designación del juez para cada caso, pero no asegura que el juez designado no incurra en parcialidad o incluso arbitrariedad, por muchos controles que se alcen. El sistema llega donde llega y no creo que exista alternativa técnica que, más allá de la extensión de los motivos de abstención y recusación, permita entrar en la cabeza de cada juez para saber si en el caso concreto actuará o ha actuado con la rectitud y altura de miras que se espera. Es más, si existiese un abanico extenso de motivos de exclusión del juez designado por cada parte, como cuando se excluyen miembros de los jurados americanos, podría conducirse al perverso efecto contrario: elegir el juez que interesa por razones inconfesables".
Recomiendo leer el artículo completo en:
https://delajusticia.com/2022/06/13/el-juez-que-toca-en-suerte-o-desgracia/#comment-73044
Quiero por último hacer mención de tan resaltable frase muy acertada sobre "Los damnificados de los fallos judiciales", son damnificados aquellos que quedan a la deriva desprovistos de un pronunciamiento ajustado a los hechos y al derecho; son damnificados aquellos que no tienen justicia, son damnificados a quien se le deniega la garantía de una tutela judicial efectiva y a la legítima defensa, son damnificados aquellos que no tienen seguridad jurídica, son damnificados aquellos que no son escuchados y respondidas sus solicitudes, son damnificados a quien se le deniega el derecho de acceder a la doble instancia, son damnificados aquellos que no tienen paz jurídica.
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