El presente trabajo aborda la problemática de la distorsión de la verdad procesal en causas de violencia de género, donde en ocasiones se pretende otorgar valor absoluto a declaraciones carentes de elementos de convicción.

Esta situación genera una peligrosa contradicción, mientras algunas denuncias verdaderas enfrentan la impunidad, otras construidas sobre testimonios inconsistentes o dramatizaciones sin sustento probatorio derivan en condenas injustas, lo que debilita la credibilidad del sistema de justicia.
Se plantea la necesidad urgente de una reestructuración institucional, capaz de garantizar simultáneamente la protección efectiva a las víctimas reales y la salvaguarda de los derechos fundamentales del acusado, evitando la instrumentalización del derecho penal como herramienta de venganza o manipulación.
El análisis propone la adopción de mecanismos procesales rigurosos y preventivos, orientados a fortalecer la investigación probatoria, la objetividad judicial y la tutela judicial efectiva, a fin de que la lucha contra la violencia de género no se vea desvirtuada por el uso indiscriminado o fraudulento de figuras jurídicas que socavan la verdad y la justicia.
La doble cara de la injusticia, es cuando quieren desconocer la verdad procesal para convertir una mentira o preposiciones vacías sin elementos de convicción en una presunta "verdad jurídica" que destroza la dignidad humana de quienes padecen este flagelo, sea por manipulación de la mujer hacia el hombre, sea por venganza, sea por bienes materiales, está es una realidad que debemos como profesionales investigarla de fondo, para no ser cómplices de condenas injustas, que quitan la posibilidad de medidas cautelares sustitutivas de libertad porque la dosimetría supera alrededor de diez años, cortándole las alas a toda persona que sea inocente.

Existen Declaraciones vacías de presuntas víctimas por violencia de género que genera cuestionamientos, que se convierten en algunos casos en contradicciones y dramatizaciones que no tienen sustento legal probatorio de los elementos fácticos, se debe implementar una reestructuración de un sistema de justicia que debe ser cambiado y/o modificado de forma eficiente y de emergencia. No toda discusión calurosa es violencia de género, seamos conscientes de la gravedad que la impunidad puede acarrear si no se toman medidas preventivas para este flagelo.
Esta práctica genera graves consecuencias: hombres inocentes condenados, sin tener el beneficio de ser juzgados en libertad a través de las medidas cautelares sustitutivas de libertad debido a la severidad de las penas previstas, mujeres silenciadas por temor, y un sistema que en lugar de proteger la dignidad humana termina erosionándola.
Se denuncia la actuación de fiscalías y tribunales que, aun careciendo de elementos de convicción sólidos, avanzan en imputaciones y condenas, dejando como secuela un daño irreparable en la vida de los acusados y en la confianza ciudadana hacia la justicia. Al mismo tiempo, se advierte que no toda discusión puede ser tipificada como violencia de género, pues ello trivializa un flagelo que requiere atención seria y preventiva.
La investigación propone una reestructuración urgente del sistema judicial, que garantice simultáneamente la protección efectiva de víctimas reales y la tutela judicial de los acusados, evitando que la impunidad, la manipulación o la instrumentalización del derecho penal conviertan la justicia en un mecanismo de opresión en lugar de defensa de derechos.
La justicia debe ser el espacio donde prevalezca la verdad procesal. Sin embargo, en numerosos casos de violencia de género se observa cómo declaraciones vacías o carentes de elementos de convicción terminan elevándose al rango de “verdad jurídica”. Esta peligrosa distorsión no solo vulnera la dignidad humana, sino que también multiplica las víctimas: hombres inocentes que enfrentan condenas sin pruebas suficientes, mujeres que callan por vergüenza o temor, y un sistema judicial debilitado que pierde credibilidad.
En ocasiones, la manipulación de los hechos responde a intereses personales, económicos o emocionales. El resultado es devastador: imputaciones y condenas sin sustento probatorio, medidas cautelares negadas porque la dosimetría supera diez años de prisión, y una justicia que actúa con severidad sin verificar la consistencia de los hechos denunciados.
Es necesario subrayar que no toda discusión constituye violencia de género. Convertir cualquier conflicto interpersonal en un delito desvirtúa la esencia de esta figura legal, y trivializa un flagelo real que requiere atención seria y mecanismos de protección efectivos.
La respuesta no puede ser la impunidad ni la condena injusta. La solución está en una reestructuración profunda y urgente del sistema judicial, capaz de equilibrar dos deberes esenciales: proteger a las víctimas auténticas y, al mismo tiempo, resguardar el debido proceso y los derechos fundamentales de los acusados. Solo así la justicia podrá cumplir su función sin ser instrumento de manipulación ni escenario de dramatizaciones que carecen de sustento legal y probatorio.
La doble cara de la injusticia: una reflexión necesaria.
Hablar de denuncias falsas o de simulación de hechos punibles en violencia de género es un terreno delicado, porque no puede servir de excusa para minimizar la violencia real que miles de mujeres sufren a diario. Sin embargo, tampoco debe ignorarse que el mal uso del sistema de justicia por parte de algunas personas —aunque estadísticamente no hay cifras que devele está realidad en números exactos— tiene consecuencias devastadoras.
Un porcentaje reducido de casos donde se simula un hecho punible o se exageran situaciones cotidianas como “violencia” no solo arruina la vida de hombres inocentes, sino que también desvirtúa la lucha legítima de las verdaderas víctimas. Una acusación infundada puede significar la pérdida de libertad, la ruptura familiar, la destrucción de la reputación y un estigma social irreparable.
Por eso, el reto para el sistema de justicia es doble:
Proteger eficazmente a quienes sufren violencia real.
Garantizar la presunción de inocencia y evitar que el proceso judicial sea manipulado como arma de venganza, poder o beneficio económico.
La verdad procesal no puede ser sustituida por declaraciones vacías o dramatizaciones sin sustento probatorio.
De ahí la importancia de reforzar los mecanismos de investigación, exigir pruebas sólidas antes de condenar y, sobre todo, trabajar en la reestructuración de un sistema de justicia eficiente e imparcial, que proteja tanto a mujeres como a hombres de la impunidad y de las injusticias.
El nexo causal entre los hechos denunciados y los elementos de convicción es la piedra angular del proceso penal. Si no existe, no puede hablarse de verdad procesal ni de justicia.
En todo proceso penal, la búsqueda de la verdad procesal y verdad real exige más que declaraciones o conjeturas: requiere pruebas sólidas que permitan establecer un nexo causal claro entre los hechos denunciados y los elementos de convicción aportados.
Cuando este nexo no existe o es débil, la justicia se tambalea. La denuncia, por más grave que parezca, no puede transformarse automáticamente en verdad jurídica si no está respaldada por pruebas objetivas. Lo contrario significaría sustituir el derecho por la mera presunción subjetiva o por la dramatización procesal de una de las partes.
El sistema de justicia debe recordar que:
Los hechos alegados deben estar conectados con los elementos de convicción. Una afirmación aislada no constituye prueba.
La inexistencia de pruebas suficientes impide establecer responsabilidad penal. Sin pruebas, no hay delito que pueda sostenerse legítimamente.
La carga probatoria no se satisface con testimonios vacíos o contradictorios. La consistencia, la verificación y la relación causal son indispensables.
En muchos procesos, la debilidad probatoria se manifiesta en la ausencia de peritajes concluyentes, la contradicción de testimonios, la falta de evidencia material o la simple repetición de declaraciones sin sustento. Allí es donde el juez y el fiscal deben actuar con mayor rigor, porque condenar sin pruebas es condenar a ciegas, y esa ceguera procesal destruye la dignidad y la libertad de los ciudadanos.
En definitiva, el derecho penal no puede sostenerse sobre el vacío. La inexistencia de pruebas rompe el nexo causal de los hechos y con ello se rompe también la justicia misma, quedando la víctima en un estado de indefensión y denegación de justicia.
https://abogadafannydeabreu.blogspot.com/2025/09/la-suposicion-falsa-consiste-en-la.html
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1 Comentarios
Excelente artículo ojalá lo lean y apliquen los jueces y fiscales del área
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